Diario La Primera.- Mientras que el Ministerio de energía y Minas afirma que el proyecto Inambari no está incluido en acuerdo energético Perú-Brasil, organización no gubernamental asegura que Comisión oficial responde a pedidos de empresa brasileña vinculada a la construcción de central hidroeléctrica.
A pesar que funcionarios del Ministerio de energía y Minas (MEM) se han esforzado en asegurar que en dicha cartera ministerial no existe ningún procedimiento pendiente de evaluación del proyecto Inambari, la Organización No Gubernamental Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR), recordó que la empresa EGASUR, interesada en el proyecto hidroeléctrico Inambari, solicitó en noviembre del 2010, que se establezca la potencia y energía asociada a dicho proyecto que sería comercializada en el mercado peruano.
Dicho requerimiento de la empresa brasileña al gobierno peruano fue recogido en el acta de LA PRIMERA reunión de la “Comisión para tratar los aspectos contemplados en el Acuerdo Perú-Brasil” en enero de 2011.
Según el viceministro de energía, Luis Gonzales Talledo, el proyecto de la Central Hidroeléctrica Inambari no está incluido en el Acuerdo Energético Bilateral Brasil-Perú.
No obstante lo afirmado por el funcionario, para Vanessa Cueto, Coordinadora del Programa de energía Sostenible de DAR “resulta confuso que el MEM diga ahora que Inambari no está relacionado al Acuerdo Energético Perú Brasil y que Egasur no tiene trámite oficial en curso sobre el proyecto hidroeléctrica Inambari, cuando la Comisión creada para ver los temas de este Acuerdo responde a pedidos específicos de esta empresa”.
Cueto resaltó que el proceso para el otorgamiento de las concesiones de hidroeléctricas debe ser transparente con el fin de evitar confundir a la población.
Asimismo, dijo que es contradictorio que se forme una Comisión sobre el Acuerdo Energético Perú-Brasil, conformada por el MINEM, COES (Comité de Operación Económica del Sistema Interconectado Nacional) y OSINERGMIN, para determinar la electricidad que se exportará, cuando el Acuerdo todavía no ha entrado en vigencia y necesita ser analizado por el Congreso de la República.
Enfatizó que “es prudente que el Acuerdo Energético Perú-Brasil no sea aprobado por el Congreso actual, ya que hay necesidad de contar previamente con un plan energético nacional y coordinar entre varios sectores del gobierno antes de negociar tratados bilaterales que comprometen nuestros recursos naturales como el mencionado Acuerdo”.
A pesar que funcionarios del Ministerio de energía y Minas (MEM) se han esforzado en asegurar que en dicha cartera ministerial no existe ningún procedimiento pendiente de evaluación del proyecto Inambari, la Organización No Gubernamental Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR), recordó que la empresa EGASUR, interesada en el proyecto hidroeléctrico Inambari, solicitó en noviembre del 2010, que se establezca la potencia y energía asociada a dicho proyecto que sería comercializada en el mercado peruano.
Dicho requerimiento de la empresa brasileña al gobierno peruano fue recogido en el acta de LA PRIMERA reunión de la “Comisión para tratar los aspectos contemplados en el Acuerdo Perú-Brasil” en enero de 2011.
Según el viceministro de energía, Luis Gonzales Talledo, el proyecto de la Central Hidroeléctrica Inambari no está incluido en el Acuerdo Energético Bilateral Brasil-Perú.
No obstante lo afirmado por el funcionario, para Vanessa Cueto, Coordinadora del Programa de energía Sostenible de DAR “resulta confuso que el MEM diga ahora que Inambari no está relacionado al Acuerdo Energético Perú Brasil y que Egasur no tiene trámite oficial en curso sobre el proyecto hidroeléctrica Inambari, cuando la Comisión creada para ver los temas de este Acuerdo responde a pedidos específicos de esta empresa”.
Cueto resaltó que el proceso para el otorgamiento de las concesiones de hidroeléctricas debe ser transparente con el fin de evitar confundir a la población.
Asimismo, dijo que es contradictorio que se forme una Comisión sobre el Acuerdo Energético Perú-Brasil, conformada por el MINEM, COES (Comité de Operación Económica del Sistema Interconectado Nacional) y OSINERGMIN, para determinar la electricidad que se exportará, cuando el Acuerdo todavía no ha entrado en vigencia y necesita ser analizado por el Congreso de la República.
Enfatizó que “es prudente que el Acuerdo Energético Perú-Brasil no sea aprobado por el Congreso actual, ya que hay necesidad de contar previamente con un plan energético nacional y coordinar entre varios sectores del gobierno antes de negociar tratados bilaterales que comprometen nuestros recursos naturales como el mencionado Acuerdo”.
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